Conversatorio sobre Decreto 600 de 2017

Con la intención de informar sobre una nueva reglamentación y proponer un análisis crítico acerca de esta, se llevó a cabo el conversatorio “Decreto 600 de 2017: ¿Un retroceso en garantía de los derechos de las víctimas?”, por parte del equipo proyecto Buppe: pensión especial de invalidez como medida de reparación a las víctimas del conflicto armado colombiano: presupuesto de garantía de sus derechos fundamentales.

Este evento, realizado el 15 de mayo en el auditorio de la Facultad Nacional de Salud Pública, tuvo como objetivo mostrar cómo un nuevo decreto, expedido por el Gobierno Nacional, es un detrimento para las garantías adquiridas por los sujetos víctimas del conflicto armado que, como consecuencia de él, quedaban con alguna secuela que los incapacitara para laborar.

Lina María Oquendo, quien hace parte del Centro de Atención Jurídica a Víctimas del Conflicto Armado, comenta que durante la exposición se hizo referencia a cómo las personas víctimas podían buscan, antes del decreto, una pensión por invalidez como medida reparadora por el hecho victimizante, pero que a partir de ahora deben buscar no una pensión, sino una “prestación humanitaria económica”.

Esta nueva situación, añade, “le cambia la figura o la naturaleza a esa medida, es decir, la ley establece que una pensión, al pertenecer al Sistema General de Seguridad Social tiene unos recursos comprometidos y que siempre se tienen que garantizar partidas presupuestales para otorgarlas, en cambio, con el Decreto, ya no se habla aquí de pensión, se habla de una prestación humanitaria económica, entonces le están quitando ese blindaje que tiene la pensión, porque otro de los asuntos que establece el decreto es que dependerán los recursos del presupuesto nacional del Gobierno para reconocer esa prestación; entonces, las personas que están en una mayor condición de vulnerabilidad como son las víctimas que además de ese hecho victimizante tienen que soportar una discapacidad o una invalidez que no les permite acceder al mercado laboral, van a quedar en un riesgo total, en un riesgo evidente, por eso consideramos que se presenta un detrimento y redirección frente a derechos que ya se habían ganado y que las víctimas ya habían ganado”.

Otro de los aspectos a considerar es el obstáculo que supondrá a partir de ahora para quienes busquen adquirir esta prestación, que deberán hacerse evaluar por parte de las juntas de calificación de invalidez, para que estas determinen la pérdida de capacidad laboral. Esto, explica la profesora Lina Oquendo,  “requiere unos gastos porque esas juntas están compuestas por médicos, abogados, psicólogos, son comités donde estudian la historia clínica del paciente y determinan si sí hay una pérdida superior al 50% de la capacidad laboral o no, y ellos tienen que cobrar un salario mínimo legal vigente - smlmv para dar el dictamen.

En estos casos especiales de personas víctimas del conflicto, el Decreto dice que lo deben hacer las Juntas, pero no dice quién va a asumir esos costos porque estamos ante una población totalmente vulnerable, esas personas no tienen ese dinero para pagarse un dictamen”. Eso de cierta forma deja a las víctimas en el aire, sin la certeza de si sí tendrán que asumir ese costo y, en caso de tener que hacerlo, es una cuestión previsible que estas personas que están en una situación económica deplorable no tendrán los recursos para hacerlo.

Finalmente, se estudió el Artículo 2.2.9.5.2. del decreto 600 de 2017, acerca del ámbito de aplicación, ya que este determina que solo “aplica a las víctimas que con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 418 de 1997, es decir el 26 de diciembre de 1997”, lo cual es un límite temporal que es regresivo en términos de garantías para las víctimas. Explica Oquendo que “las personas que sufrieron un hecho victimizante antes de 1997 y que hoy no pueden trabajar por su discapacidad, por su invalidez, no podrán acceder a la pensión especial de invalidez ni a esa prestación humanitaria económica y eso atenta contra el derecho a la igualdad, por lo cual se está pensando en presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de ese Decreto, desde el Centro de Atención Jurídica a Víctimas del Conflicto Armado en el marco del Proyecto Buppe, que se trabaja con la Facultad Nacional de Salud Pública”.





1 comentario:

Unknown dijo...

Quisiera saber si las personas que con anterioridad a este decreto fueron pensionadas siguen con este derecho.o también hubo retroceso de la ley con este decreto teniendo en cuenta q ya hay un derecho adquirido.

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