cuando ese artefacto plateado que reposaba sobre el verde suelo del Oriente llamó su atención, era una bomba sin detonar. No llegó a trabajar ese día, tampoco volvió a trabajar como antes.
Según el mandato de la Sentencia C-767 de 2014, Raúl, como otras tantas personas que vieron comprometido un 50% o más de su capacidad laboral en sucesos relacionados el conflicto armado colombiano, tiene derecho a una pensión de invalidez subsidiada por el Sistema General de Pensiones, que tiene como objetivo "garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley” (Artículo 10 de la Ley 100 de 1993), incluidas las contingencias generadas directa o indirectamente por lo acaecido en el marco del conflicto, siempre y cuando carezca de otras posibilidades pensionales y de atención en salud”