Retos para el funcionamiento de la JEP

Desde noviembre de 2016, cuando se firmó el Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera entre las FARC - EP y el Gobierno de Colombia, se dio inicio a la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP-, como componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.

El correcto funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-, que ya abrió sus puertas, supone grandes retos normativos, políticos y culturales en el contexto actual que vive el país. Desde noviembre de 2016 que se firmó el Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera entre las FARC - EP y el gobierno de Colombia, se dio inicio a la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP-, como componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, para que administrara justicia transicional y conociera de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado, en especial las conductas consideradas como graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o las graves violaciones a los Derechos Humanos que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.


De esta manera, se incorpora la JEP al ordenamiento jurídico colombiano mediante el Acto Legislativo 01 de 2017. Posteriormente, el 1° de agosto de 2017 se presentó al Congreso
por parte del Gobierno Nacional el proyecto de Ley Estatutaria de la JEP, que actualmente hace tránsito en la Corte Constitucional en cumplimiento del control automático de constitucionalidad debido, explica el abogado de la Universidad de Antioquia, Mauricio García.

A partir del 15 de marzo de 2018 la JEP abrió sus puertas, esperando poder ocuparse de los delitos graves y representativos del conflicto armado, de acuerdo con los criterios de selección y priorización que sean definidos, “pero serán en particular los delitos que hubieren cometido excombatientes de las
FARC-EP, miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado y terceros civiles. Sobre estos dos últimos, la Corte Constitucional aclaró en sentencia C674/17 que su participación en la JEP sería voluntaria”, según establece este organismo.

Sin embargo, su funcionamiento estará limitado mientras está a la espera de que el Congreso de la República apruebe el proyecto de Ley de procedimiento, que fue radicado por el Gobierno Nacional ante el Congreso el pasado 24 de abril de 2018, con un mensaje de urgencia, “En una clara intención de que su aprobación se tramite antes de finalizar el presente periodo presidencial”, aclara Mauricio García. Y es que uno de los retos concretos para la JEP, señala el Magistrado de la JEP Rodolfo Arango Rivadeneira, es que se apruebe toda la normativa que le va a permitir operar plenamente como tribunal, por ejemplo, la ley ordinaria de procedimiento. “Es claro que el momento no es propicio para laaprobación, porque estamos en plena campaña electoral, y tenemos un congreso trabajando a media marcha, pero eventualmente ya con la sentencia de la corte constitucional sobre el acto legislativo y la ley estatutaria, el reto ya será producir decisiones que el país conozca y se fortalezca progresivamente el proceso”.


Más allá del tema normativo, un reto que enfrenta hoy la JEP es el ambiente político electoral, y la posible afectación que pueda generar el futuro gobierno que se elija en segunda vuelta el próximo 17 de junio entre los candidatos Iván Duque, representante del Centro Democrático y Gustavo Petro. Esto, teniendo en cuenta que el primero ha propuesto abiertamente realizar cambios significativos a la base no solo de la Jurisdicción Especial para la Paz, sino del Acuerdo Final entre el gobierno y las FARC - EP.

Para Rivadeneira se ha abonado el camino para que los resultados electorales no afecten el funcionamiento de la JEP. “Hay un inicio con el fallo constitucional que afirma que el blindaje del proceso supone que no se modifique lo acordado durante tres períodos presidenciales, o sea, hay un mandato claro que se traduce a normatividad constitucional, y si queremos respetar el derecho nacional e internacional, pues tenemos que esperar tres periodos para hacer una transformación estructural (...) y ahí la pregunta es cuál es la vía para hacer esa modificación sin violar la Constitución y yo creo que esas vías pueden explorarse y analizar en detalle qué se propone, pero uno aspiraría que en un Estado Constitucional de Derecho los fallos de la Corte Constitucional sean respetados y que haya una estabilidad para que este sistema establecido rinda
sus frutos”.

Pues para el magistrado, si bien en la lucha política pueden haber desacuerdos y hacer juicios sobre lo mal que se tramitó en el pasado, no se puede incitar al incumplimiento de los fallos de una Corte Constitucional, teniendo en cuenta que es un órgano que está por encima de esa controversia políti-
co-partidista. 

Esta coyuntura política, no es sino la muestra del más grande reto que tiene la JEP a largo plazo, y es la transformación cultural del país, y la transición a una sociedad pacífica y realmente democrática; con un mecanismo judicial como este que contribuya precisamente a esa transformación. Y es que finalmente, opina el Magistrado de la JEP, Roberto Vidal, “la idea de lograr reconciliación a través de un tribunal es muy desafiante, y por eso una de las respuestas propuestas es trabajar con la justicia restaurativa".

Es una herramienta por construirse, de la que tenemos unas nociones, pero es un trabajo muy importante que debe ser colaborativo entre la sociedad civil, las organizaciones y la JEP”, porque precisamente lo que propone este organismo es ponerle punto final jurídico al tema de la guerra, con seguridad jurídica para los desmovilizados, los miembros de la fuerza pública, los terceros que se sometan y las víctimas. 

“Al final de estos 15 años lo que se nos va a evaluar es si logramos establecer condiciones de reconciliación en Colombia, y esto crea una distancia grande entre un tribunal ordinario de justicia penal que administra el castigo del delito, mientras que la JEP es un tribunal transicional que quiere instaurar la reconciliación a partir de la administración de justicia”,
concluye Vidal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario